La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República impugnó la suspensión que otorgó la Suprema Corte de Justicia al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para no llevar a cabo las medidas necesarias para el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).
El consejero jurídico de la Presidencia, Julio Scherer Ibarra fue el encargado de presentar el recurso de reclamación (61/2021-CA) contra la medida que fue otorgada por la ministra Norma Piña, el pasado 11 de junio, informó Aristegui Noticias.
Las medidas cautelares contra el Padrón paralizaban las acciones necesarias para que el IFT tuviera que cumplir con la reforma, como aquellas requeridas para “instalar, operar, regular y mantener” el registro que afecten la autonomía presupuestaria.
“[…] como lo son aquellas que se deban realizar para el desarrollo de la plataforma que concentrará la información materia del padrón, la emisión de las disposiciones administrativas de carácter general para su operación, las campañas y medios de información para la difusión del programa, así como la consecuencia lógica de que, no procede la aplicación de sanción de responsabilidad administrativa […]”, se podía leer en la sentencia.
Asimismo, la suspensión significaba que el Instituto no tendría que emitir las disposiciones del Padrón y, por lo tanto, éste no podrá entrar en operaciones, explicó el director de R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, Luis Fernando García.
Al presentar la controversia constitucional contra el PANAUT, el IFT consideró que se violaba su autonomía presupuestaria, ya que la reforma obliga al Instituto a llevar a cabo las medidas necesarias para el Padrón, con cargo a su presupuesto aprobado; sin embargo, ni los recursos asignados, ni en su planeación presupuestaria hay suficiencia para poner en marcha el Padrón.
Además del IFT, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) también presentó una acción de Inconstitucionalidad en contra del Padrón, el pasado 13 de mayo.