Después de cuatro años de litigio en búsqueda de obtener las versiones públicas de los contratos del spyware Pegasus, adquirido por la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena), el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito confirmó la sentencia que ampara a R3D contra el incumplimiento de entrega de los contratos celebrados en 2018 y 2019 con Comercializadora Antsua S.A. de C.V., relacionados a dicho sistema.
El Tribunal Colegiado reconoció las consideraciones del Juez de Distrito en donde señala que ha transcurrido en exceso el plazo fijado para cumplir con la resolución vinculante, definitiva e inatacable del INAI, emitida en enero de 2023. En dicha resolución, el INAI revocó la respuesta en donde la Sedena alegaba la inexistencia de los contratos y ordenó entregar versiones públicas de la información. No obstante, la Sedena reservó en su totalidad los documentos y desacató la resolución del INAI, por lo que R3D interpuso una demanda de amparo, que fue concedida por el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México en 2024.
El ejercicio ciudadano del derecho de acceso a la justicia por desclasificar estos documentos se remonta a 2022, cuando la investigación Ejército Espía demostró la existencia de al menos dos contrataciones (DN-10 SAIT-1975/P/2019 y DN-10 SAIT-1938/P/2018) para la adquisición del “Servicio de Monitoreo Remoto de Información”, por más de 140 millones de pesos, que habían sido previamente negadas por la Sedena en solicitudes de acceso a la información.
En respuesta al amparo concedido por el Juez de Distrito en junio de 2024, la Sedena promovió un recurso de revisión para impugnar la sentencia, bajo argumentos procesales y la “imposibilidad de proporcionar versión pública sobre la información clasificada en su totalidad como reservada”.
Por esa razón, el asunto fue estudiado por el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, que desestimó los argumentos de la Sedena por no atender a las consideraciones del Juez de Distrito relativos al incumplimiento de la resolución del INAI y la vulneración del derecho de acceso a la justicia y de acceso a la información de R3D.
El Tribunal Colegiado retomó que el Pleno del INAI “advirtió información pública oficial relativa a los contratos de interés, la cual debe ser entregada” y que “no pueden argumentar que dicha información tiene el carácter de reservada o sostener alguna cuestión para impedir el acceso a la misma” después de que el órgano garante (INAI) ya resolvió al respecto. Por lo tanto, el Tribunal confirmó la sentencia que ordena a la Sedena cumplir la resolución del INAI.
Este amparo confirma la importancia de transparentar la información sobre contratos de adquisición de tecnologías de vigilancia (spyware) por parte de las autoridades federales y estatales. R3D ha desarrollado recomendaciones técnicas para que México cuente con una regulación efectiva de los procesos de adquisición de equipos y sistemas de vigilancia, la cual contempla registro de proveedores, requisitos de inscripción y controles en los procesos de adquisición.
Desde R3D, celebramos esta decisión del Poder Judicial en defensa de la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la justicia. Esperamos que esta decisión judicial ayude a la sociedad a esclarecer los abusos perpetrados para sancionar a los culpables, reparar el daño a las víctimas y establecer mecanismos regulatorios para la no repetición del espionaje ilegal.
Firman


Imagen: (CC-BY) Gibrán Aquino









