TEPJF sanciona a portal web por calumnia contra candidato presidencial

May 22, 2018 | Libertad de expresión

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso una sanción de 28 mil 210 pesos contra Sicre, Yepiz, Celaya y Asociados S.C. (Wikinoticias.mx) por difundir una noticia falsa en la que se aseguraba que el abanderado presidencial de la coalición Por México al Frente, Ricardo Anaya, había declinado por el candidato del PRI, José Antonio Meade.

De acuerdo con la nota de Verificado 2018, publicada en Noticieros Televisa, el TEPJF determinó que el sitio calumnió al panista, debido a que pagó servicios de publicidad para la difusión de contenidos en Internet, lo que podía afectar la percepción sobre el candidato como la de su partido político.

En la resolución, además, informó el medio, se determinó que cualquier persona puede presentar una queja en contra de un contenido que perciba como calumnia, mientras este tenga impacto en materia electoral, aunque no provenga de partidos o candidatos.

Esto puede traer consecuencias negativas para el derecho a la libertad de expresión, de acuerdo con Luis Fernando García, director de R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales. García señaló que la Constitución restringe de forma clara la regulación de expresiones de candidatos y partidos políticos y que el TEPJF debió haber comprobado que la difusión del contenido estuvo vinculado o financiado por algún partido político para poder imponer la sanción.

“El artículo 41, fracción III, Apartado C señala que la propaganda político o electoral que difundan los partidos y/o candidatos debe abstenerse de expresiones que calumnien a los mismos. En esta resolución el TEPJF hizo una interpretación a partir del principio pro persona para ampliar los derechos de quien se vio afectado por la calumnia, en este caso el candidato Ricardo Anaya”, declaró el director de R3D.

En este mismo sentido, Paulina Gutiérrez, oficial de Artículo 19, explicó a la iniciativa que estas sentencias crean criterios regresivos que afectan todo el trabajo alrededor del tema de calumnia y difamación.

“La interpretación que está utilizando la Sala Regional está ampliando una restricción a la libertad de expresión y eso es totalmente inconstitucional”, aseguró Gutiérrez a Verificado 2018.


Imagen original de Gvega78: Lic. Ricardo Anaya Cortés

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