Inicia registro obligatorio de líneas telefónicas sin salvaguardas contra abusos

Ene 12, 2026 | Privacidad

El 9 de enero de 2026 arrancó el registro obligatorio de líneas telefónicas, previsto en la reforma a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada en junio de 2025. Esta ley ordena a las empresas operadoras de telefonía móvil (como Telcel, AT&T, entre otras) a vincular la línea telefónica de las personas usuarias con su Clave Única de Registro de Población (CURP). De no hacerlo a más tardar el 28 de junio de 2026, la compañía deshabilitará el servicio.

De acuerdo con los lineamientos publicados por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) en diciembre de 2025, las compañías de telefonía móvil deben disponer de una plataforma de gestión que permita que las personas usuarias puedan vincular su identidad con la línea telefónica, con un máximo de 10 líneas a nombre de una persona física y sin límite para las personas morales. El registro puede hacerse de forma presencial (en centros de atención) o virtual, a través de una página web.

El registro ha sido impulsado como una medida para combatir delitos como la extorsión o el secuestro virtual. Sin embargo, la Asociación GSM –un consorcio que reúne a los principales proveedores de telefonía móvil en el mundo– ha señalado que no existe evidencia que compruebe de que el registro obligatorio de líneas telefónicas tenga incidencia alguna en la reducción de estos crímenes. Por el contrario, este tipo de medidas puede tener el efecto contrario, al incrementar la comisión de delitos como robo de celulares, clonación de tarjetas SIM o contrabando. Además, se calcula que el 90 por ciento de las extorsiones telefónicas se realizan a través de servicios de voz sobre IP y otras técnicas que evaden los alcances del registro.

Organizaciones internacionales –como Privacy International– han advertido que la creación de estos registros de líneas telefónicas ponen a las personas en riesgo de ser identificadas o rastreadas, al facilitar el monitoreo de sus actividades. En el caso de México, este riesgo se acentúa tras la aprobación conjunta de otras leyes, como la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, que faculta a las autoridades a acceder y requerir información de entidades públicas y privadas (como las operadoras de telefonía celular) sin orden judicial. 

Ante dicho escenario, desde R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales sugerimos a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones la incorporación de obligaciones de transparencia para las empresas operadoras, de modo que pudieran informar a la población respecto de la cantidad de solicitudes de acceso al registro por parte de autoridades, quiénes las efectuaban y si contaban con autorización judicial. Dichos comentarios no fueron tomados en cuenta en la redacción final de los lineamientos.

La creación de este registro supone varios riesgos para los derechos humanos de la población mexicana. Por un lado, estas bases de datos constituyen objetivos valiosos para la ciberdelincuencia, por lo que las empresas operadoras deben poner especial atención en las medidas de ciberseguridad ante potenciales ataques informáticos o filtraciones de información. Incidentes como la vulnerabilidad en el registro de Telcel, que permitía la consulta de datos personales asociados a las líneas, ponen en peligro a millones de personas usuarias de los servicios de telefonía móvil. 

Por otra parte, el acceso irrestricto por parte de las autoridades abre la puerta a la malversación de información personal, especialmente ante la posibilidad del cruce de diversas bases de datos públicas y privadas. Este tipo de vigilancia masiva permite inferir actividades, prácticas y rutinas de las personas, así como deducir información de su esfera más íntima, incluída su localización, actividades en línea, posturas políticas, relaciones personales, orientación sexual o estado de salud. Así mismo, la falta de definición clara sobre las autoridades competentes para acceder al registro de líneas telefónicas incrementa este riesgo, sobre todo, ante el historial de abusos plenamente documentado.

Finalmente, la implementación de este registro tendrá efectos desproporcionados sobre poblaciones en situaciones de vulnerabilidad. Por ejemplo, el registro obliga a que todas las personas extranjeras proporcionen su pasaporte o una CURP provisional para acceder a una línea telefónica, lo que impacta directamente en poblaciones en tránsito o personas migrantes, quienes a menudo no cuentan con esta documentación. Condicionar el acceso a la telefonía móvil a una persona en situación de migración puede poner en riesgo su integridad y su vida, al no permitirle la comunicación con familiares y redes de apoyo.

Desde R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales hacemos un llamado a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones para fortalecer la exigencia de controles para el acceso al registro de líneas telefónicas, así como obligaciones de transparencia para las empresas operadoras respecto del acceso, consulta e interconexión del registro por parte de las autoridades. Así mismo, pedimos a la ciudadanía mantenerse informada sobre la implementación del registro y les invitamos a que manifiesten su inconformidad a través de plataformas digitales, acciones colectivas, recursos legales o las diversas vías que consideren pertinentes.

Inicia registro obligatorio de líneas telefónicas sin salvaguardas contra abusos

Imagen (CC BY) Gibrán Aquino

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