El Instituto Nacional de Acceso a la Información instruyó, mediante un comunicado de prensa, que el Instituto Nacional de Migración (INM) debe informar sobre el tratamiento que reciben los datos personales recabados con sistemas de identificación biométrica en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
Esto después de una petición de información que R3D hizo al organismo autónomo, donde a través de un recurso de revisión manifestamos nuestra inconformidad con la respuesta recibida por parte del INM, que únicamente señaló que el AICM cuenta con Filtros Migratorios Autónomos implementados desde 2022, los cuales no incluyen sistemas de identificación biométrica, puesto que, en el proceso de operación utilizan una funcionalidad de verificación facial uno a uno.
Al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena determinó que el sujeto obligado no turnó el requerimiento a la totalidad de unidades administrativas competentes; además se centró en los Filtros Migratorios Autónomos; sin embargo, el AICM también cuenta con la modalidad de ingreso al país denominada “Viajero confiable”, la cual cuenta con un sistema de kioscos automatizados que agilizan la entrada escaneando el pasaporte, pidiendo huellas digitales y empleando lectores de rostro o iris.
Sobre esto, la Comisionada Ibarra reconoció que la vigilancia generalizada sobre la sociedad puede afectar derechos fundamentales como la libertad de pensamiento, religión y movimiento; lo que muestra la relevancia de evaluar el cumplimiento de los principios de proporcionalidad, información y consentimiento en el tratamiento de datos personales.
Entre los datos, que de acuerdo al INAI se deben dar a conocer, destacan los fundamentos legales para la utilización de estos sistemas, el número de personas reconocidas correcta o incorrectamente, la cantidad de registros que conforman las bases de datos generadas, el tratamiento que recibe dicha información y el análisis del impacto al derecho a la privacidad de las personas que tiene la aplicación de tecnologías de identificación biométrica que pueden incluir reconocimiento facial o lector de iris.
Recientemente se dio a conocer que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México recolectó y divulgó los datos de traslado de la periodista Denisse Dresser ─antes, durante y después de los controles migratorios─ en respuesta a una publicación crítica en redes sociales. Un acto que constituye el incumplimiento de las obligaciones de protección de datos personales por parte del AICM, por lo que la petición del INAI es vital para reconocer que la vigilancia generalizada sobre la sociedad puede generar efectos paralizadores, vulnerar la dignidad humana y afectar derechos fundamentales.
Por otro lado, Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada del INAI, menciona que “el reconocimiento facial puede dar falsos positivos, generando la detención arbitraria de personas inocentes como ya ha sucedido en países de nuestra región, donde una mujer estuvo retenida por 12 horas”, esto en relación al caso de Porcha Woodruff, una mujer embarazada que, tras ser reconocida falsamente por sistemas de reconocimiento facial, pasó largas horas tras las rejas.
“Debemos reconocer la necesidad de apuntalar también nuestros esfuerzos a la efectividad de la privacidad y la correcta gestión de los datos personales, pues marcarán el desarrollo económico y social. Sirva este posicionamiento para hacer un llamado al sector público, pero también al sector privado para que estos temas lleguen al centro de los debates públicos, y así se puede evitar que en el futuro podamos estar rebasados por temas que, como este, pueden poner en riesgo la privacidad de las personas”, enfatizó la Comisionada en su comunicado de prensa.
Imagen: (CC-BY) Gibrán Aquino