La Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito de Estados Unidos ha sentenciado que el apartado interactivo de la página de Facebook de cualquier oficial de gobierno debe ser considerada como un “foro público” y, por lo tanto, las personas que allí se expresen no pueden ser bloqueadas por sus opiniones.
En la sentencia, la corte señala que cuando un oficial de gobierno utiliza una página de Facebook como herramienta de gobernanza –por ejemplo, cuando comunica sobre sus actividades como funcionario– está controlando la página como un actor de gobierno, por lo que son sujetos a las limitantes que la primera enmienda de la Constitución de Estados Unidos coloca sobre el trabajo gubernamental.
La corte reconoció que, al abrir una página a los comentarios públicos, este espacio se constituye como un foro público, sin importar que este exista en un sitio web que es propiedad de una empresa privada. Por ende, al bloquear a un usuario por expresar sus opiniones, se está violando la Constitución estadounidense.
“De hecho, el derecho a criticar al gobierno está en el corazón de la primera enmienda. La corte reconoció específicamente al bloqueo como una violación de ese derecho, señalando que al bloquear a alguien para silenciar sus críticas sobre el trabajo del gobierno es evidencia en sí misma de una acción de gobierno”, escribió al respecto la Unión Americana por los Derechos Civiles (ACLU), que participó en el caso.
La sentencia es producto de una demanda contra una funcionaria del estado de Virginia, que bloqueó a un crítico y borró un comentario que éste hizo sobre el uso de recursos públicos de uno colega. Phyllis Randall, la funcionaria, argumentó en su defensa que ella tenía la autoridad de controlar el contenido de su página, incluyendo los comentarios.
En mayo de 2018, una jueza federal en Nueva York también prohibió al presidente Donald Trump bloquear a usuarios críticos de su cuenta de Twitter, por considerarlo violatorio de la primera enmienda.