IFT oculta el contenido de la controversia constitucional que interpuso contra el PANAUT

Sep 1, 2021 | Privacidad

A pesar de tratarse de un tema de máximo interés para el país y de un asunto público, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no ha dado a conocer el contenido completo de la controversia constitucional contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) que resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), denunció Observatel.

En respuesta a una solicitud de información, el IFT entregó a la organización una versión “pública” sobre la controversia en la que 159 páginas de 184 tienen párrafos o líneas testados, lo que hace imposible conocer el verdadero contenido de la acción jurídica. De acuerdo con Observatel, estas prácticas son contrarias al principio de máxima publicidad, el derecho de acceso a la información y la transparencia.

El Instituto argumentó que debía mantener la mayor parte de la controversia reservada debido a que se trata de información de un expediente judicial, pero no tomó en cuenta que el caso no se trata de un procedimiento entre particulares, sino entre un órgano constitucional autónomo y dos poderes del Estado.

La controversia parece enfocarse en la falta de presupuesto para implementar y operar el Padrón, no en las afectaciones a concesionarios y particulares que afectan los derechos humanos que por obligación debe proteger el Instituto.

“[…] destaca el hecho de que no se haya solicitado la invalidez del artículo 180 Ter, fracción VI, que contempla la incorporación de datos biométricos al PANAUT, o del 180 Quintes, que ordena a concesionarios y autorizados recabar la información sobre identidad, datos biométricos y domicilio de los usuarios de telefonía móvil, entre otras disposiciones que resultan evidentemente contrarias al objeto del Instituto”, alerta Observatel.

El 15 de junio, la ministra Norma Piña concedió la suspensión al Instituto; posteriormente, el 29 de junio, la Consejería Jurídica de la Presidencia presentó un recurso de reclamación contra dicha suspensión, el cual se resolverá en la Corte. R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales presentó un amicus curiae para aportar sus argumentos en la decisión de la SCJN.


Imagen de IFT

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