El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJEU) determinó que las ofertas de zero rating (o tasa cero), que dan preferencia a determinadas aplicaciones y servicios, son incompatibles con la reglamentación regional sobre neutralidad de la red.
La determinación legal fue calificada como “una gran victoria para la neutralidad de la red”, por el director ejecutivo de Information Society Proyect en la Escuela de Leyes de Yale, Nikolas Guggenberger, ya que es una interpretación que prohíbe este tipo de prácticas comerciales en la Unión Europea.
De acuerdo con un comunicado del mismo tribunal, las exigencias de protección de los derechos de los usuarios de Internet y de trato no discriminatorio del tráfico se oponen a la práctica del zero rating.
Estas ofertas potencian la utilización de ciertas aplicaciones, mientras reducen el uso de las demás y otros servicios disponibles, debido a la utilización de medidas técnicas que pueden incluso imposibilitar su uso, detalla el Tribunal.
La máxima corte de la UE también advierte que mientras más se acumulen este tipo de prácticas se corre el riesgo de una mayor “limitación importante” del ejercicio de los derecho ─incluyendo los derechos humanos─ de las personas usuarias.
En México, el pasado 15 de julio de 2020 concluyó la consulta pública sobre el anteproyecto de Lineamientos de Gestión de Tráfico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, que proponía la priorización pagada de tráfico de socios o, incluso de aplicaciones, contenidos y servicios propios.
La consulta recibió más de 150 mil comentarios en rechazo a este tipo de prácticas, enviados a través de la plataforma salvemosinternet.mx. Hasta el momento, el proyecto final no ha sido aún publicado por el Instituto, que tiene la obligación de revisar los comentarios antes de proponer la versión definitiva de los lineamientos.
Imagen de Jean-Frédéric (CC0 1.0)