Proveedor estatal de Internet en Ecuador bloqueó acceso a contenidos en redes sociales durante protestas

Oct 15, 2019 | Acceso a Internet

La Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), el proveedor estatal de telecomunicaciones en Ecuador, bloqueó el servicio de varias redes sociales, como Facebook y WhatsApp, entre el 6 y el 7 de octubre. La restricción de acceso ocurrió en el contexto de las fuertes protestas que se han vivido en el país por las medidas económicas impulsadas por el presidente Lenin Moreno.

Las restricciones fueron confirmadas por el Observatorio de Internet NetBlocks a las 23:00 horas del domingo 6 de octubre, mientras comenzaban a surgir imágenes en redes sociales del despliegue de soldados y la muerte de un manifestante en Quito. La actividad de las redes fue normalizada hasta las 13:00 horas del lunes 7, hora local.

Los servicios fueron afectados en los servidores de procesamiento multimedia y de imágenes, lo cual fue denunciado en redes sociales y confirmado por el observatorio tras un análisis. Los usuarios de WhatsApp y Facebook tenían dificultad para publicar audios, fotos y videos en línea.

El análisis realizado por NetBlocks confirma que las dificultades experimentadas por usuarios para utilizar estas redes sociales también fueron sufridas por suscriptores de líneas fijas, lo que descarta una sobrecarga de las torres de celulares. Además, la eficacia de las VPN para acceder a servicios restringidos corrobora que estos problemas de acceso no fueron provocados por una congestión en la capa de enlace.

Los bloqueos a apps y sitios web han sido condenados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la ONU por considerarlos como desproporcionados y que afectan los derechos humanos.

“La interrupción del acceso a Internet, o a parte de este, aplicada a poblaciones enteras o a determinados segmentos del público (cancelación de Internet) no puede estar justificada en ningún caso, ni siquiera por razones de orden público o seguridad nacional. Lo mismo se aplica a las medidas de reducción de la velocidad de navegación de Internet o de partes de este.”, dice el artículo 6, inciso b de la Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión e Internet de la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.


Imagen de Voice of America

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