- El proyecto de ley, presentado por el senador Omar Fayad y redactado de la mano de la Policía Federal, da mayores facultades de vigilancia a las autoridades.
- Privacidad, libertad de expresión y acceso a la información son algunos de los derechos vulnerados por la iniciativa.
- El proyecto crea delitos para criminalizar la mayoría de nuestras conductas cotidianas en internet.
México, D.F., jueves 30 de octubre de 2015. La iniciativa de Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos Informáticos presentada por el senador Omar Fayad el martes 27 de octubre, supone graves riesgos para las libertades en internet de los ciudadanos mexicanos. La iniciativa, redactada de la mano de la Policía Federal, atenta contra los derechos a la libertad de expresión, privacidad y acceso a la información. Además, propone sancionar con cárcel actividades legítimas en internet e incrementa las capacidades de vigilancia de los cuerpos policiales.
En cuanto al derecho a la privacidad, los artículos 11 y 12 obligan a cualquier empresa de telecomunicaciones (Telmex, Movistar, AT&T) y a cualquier proveedor de servicios en Internet (Google, Facebook, Twitter, Uber) a entregar a la policía la información y geolocalización de sus usuarios. No se requiere autorización judicial y no hay salvaguardas para el abuso. Por otro lado, el artículo 9 faculta a la Policía Federal para solicitar la suspensión de sitios web que atenten contra la “seguridad pública”. Si esto se interpreta de manera amplia, podría dar pie a numerosos abusos.
Respecto a la libertad de expresión, impone restricciones ilegítimas a este derecho y considera que las actividades como “[…]el periodismo digital, la publicidad y las opiniones, mensajes o elementos vertidos en redes sociales” pueden derivar en menoscabos del patrimonio, la reputación, el honor o la actividad profesional de alguien.
En esta lógica, el artículo 3 fracción, II hace alusión al término “terrorismo informático”, que sanciona con cárcel cualquier “difusión de información con el objetivo de causar pánico y desestabilización de la paz pública.” Esto abre la puerta a que se penalice a cualquier persona que comparta contenidos críticos al Gobierno que puedan ser considerados bajo esta categoría.
Así mismo, el artículo 21 propone sancionar con cárcel a quien “acose, hostigue, intimide, agreda o profiera cualquier forma de maltrato físico, verbal o psicológico en contra de usuarios de internet de forma reiterada y sistemática.” Aunque la intención de la ley es regular el acoso, no se toma en cuenta una adecuada perspectiva de género, y su redacción es tan amplia que puede criminalizar a voces disidentes, minoritarias y/o incómodas con el poder.
El proyecto contempla delitos que ya existen en otras leyes, como el terrorismo informático y el ciberespionaje, pero en la iniciativa se definen en términos demasiado ambiguos, abriendo la puerta a áreas grises y abusos.
En cuanto al derecho de acceso a la información, los artículos 22, 23 y 24 impiden que cualquier persona revele información privada sin autorización o consentimiento previo, lo que pone en riesgo a informantes y periodistas que exponen casos de corrupción o información reservada de interés público. Del mismo modo, el artículo 25 penaliza hasta con 10 años de cárcel a quien ofrezca o preste servicios destinados a obtener o divulgar información privada, con lo que se criminalizan plataformas como Méxicoleaks o Wikileaks.
Consideramos que este proyecto de ley marca un severo retroceso en las libertades de los mexicanos y las mexicanas, y que una iniciativa de este tipo debe pensarse desde el inicio con una perspectiva incluyente y considerando el respeto a la privacidad, a la libertad de expresión, al acceso a la información, la transparencia, la rendición de cuentas y la proporcionalidad de las sanciones.
Imagen: (CC) Surian Soosay