COMUNICADO | Estado mexicano ataca la libertad de expresión y falla al combatir la impunidad, señala informe de la ONU

Jun 22, 2018 | Libertad de expresión

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Ginebra, Suiza, a 22 de junio de 2018.- El 11 de junio se publicó el informe sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión de David Kaye, Relator Especial para la Libertad de Expresión del Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la ONU, como resultado de la misión oficial a México (27 de noviembre a 4 de diciembre de 2017) junto con Edison Lanza, Relator Especial de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Este informe subraya la importancia del periodismo en el contexto de las elecciones como una condición para el derecho del público a la información y señala cómo ha sido atacado tanto por los actores políticos como por los actores no estatales.

Sus hallazgos pintan una imagen inquietante, en la que periodistas y medios de comunicación enfrentan trabajan con miedo. De acuerdo con los Relatores, los ataques a la prensa y la violencia a la libertad de expresión buscan “socavar el debate público y la participación cívica, un ataque generalizado contra las raíces de la vida democrática en México, a nivel local, estatal y nacional “. La impunidad en los ataques sigue siendo generalizada, mientras que los mecanismos de protección han demostrado ser en gran medida ineficaces para prevenir que sucedan.

Además, permanecen otros grandes desafíos para garantizar este derecho. Un año después de las revelaciones del informe #GobiernoEspía, sobre el uso de software de vigilancia Pegasus, dirigido contra periodistas y defensores de los derechos humanos, aún no se ha llevado a cabo una investigación independiente sobre la adquisición del gobierno y el uso del software.

Por otra parte, los presupuestos de publicidad oficial son utilizados para disuadir la cobertura crítica, por lo que la Ley General de Comunicación Social –aprobada en abril de este año– requiere reformas que atiendan los estándares internacionales previstos en los “Principios de regulación de publicidad oficial y Libertad de Expresión”, de la CIDH. El marco legal en materia de libertad de expresión, en particular las disposiciones penales sobre difamación, inhiben la libertad de prensa y, en particular, la información de interés público.

Los Relatores expresan su preocupación sobre el uso de la protección de datos personales como razón para restringir el acceso a información sobre violaciones graves a derechos humanos. De hecho, la publicación de este informe coincide con la publicación de la Ley General de Archivos en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Aunque contiene avances sustanciales, permite la posibilidad de ésta mala práctica: el artículo 36 de la ley establece que los documentos de carácter histórico que contengan datos personales sensibles deberán permanecer bajo el resguardo de los sujetos obligados por hasta por 70 años y serán de acceso restringido durante ese tiempo.
Finalmente, advierte que la aplicación de la Ley de Seguridad Interior podría limitar el escrutinio público a las fuerzas armadas y el derecho a la protesta, situación necesaria para aspirar hacia una verdadera democracia.

A pesar de que el informe fue realizado tras diversas reuniones con más de 200 periodistas, organizaciones y autoridades, la respuesta del Estado mexicano pone en relieve la falta de reconocimiento de un problema que, como lo mencionan los Relatores, es generalizado y afecta directamente la vida democrática de nuestro país. Asimismo, refleja su indolencia hacia la ausencia de justicia en las agresiones contra la prensa y soslaya aquellas acciones que debe emprender para garantizar de manera efectiva la libertad de expresión.

Llama la atención que el gobierno mexicano señale, a pesar de los más de 40 periodistas asesinados en el país y las más de 1986 agresiones registradas en lo que va del sexenio, que no considera que “necesariamente la violencia contra el gremio periodístico tenga un propósito político, ya que los factores y motivos detrás de acciones violentas pueden ser y son diversos.” Además, refiere que el aumento de periodistas protegidos por el Mecanismo Federal es un indicador de resultados positivos (290 periodistas beneficiados). El hecho de que el Mecanismo atienda a centenares de beneficiarios se debe a la falta de una política de estado que busque garantizar, de manera efectiva e integral, la libertad de expresión, y combatir las causas por las cuales las y los periodistas buscan en principio la protección.

En el mismo sentido, defiende la ineficiencia de la ​​​​​​​​​​​​Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión​ (FEADLE) al señalar que “de los 84 homicidios sobre los cuales se inició una investigación, en 37 casos (44.05%), las investigaciones no encontraron relación alguna con el ejercicio a la libertad de expresión, por lo que se determinó la incompetencia”. Posteriormente abunda que en “los 47 registros de homicidios de periodistas derivados de su actividad periodista, actualmente existen 28 en trámite; de los 19 restantes, en 16 se determinó el ‘No Ejercicio de la Acción Penal’, ‘Reserva’ o ‘Acumulación’ y en 3 se ejerció la acción penal”.

Bajo circunstancias poco claras la FEADLE establece que en 55.95% de los casos de asesinatos de periodistas no se acredita relación con su labor. Tanto la FEADLE como las instancias de procuración de justicia estatales han atendido a definiciones y criterios restrictivos y excluyentes respecto a quiénes deben considerarse periodistas, esto a razones políticas para desestimar la labor periodística como móvil y encauzar investigaciones sin mínimos estándares técnicos y de protección a derechos humanos de las víctimas. Por otro lado, el Estado se justifica señalando que en el 3.6% de los casos de los que tuvo conocimiento se ejerció la acción penal, sin mencionar el número de casos que dejó de investigar, que se encuentran en reserva o bien aquellos en los que fue imposible identificar la autoría mediata e intelectual, tampoco así el número de casos en los que dicha acción penal hubiere resultado en sentencias del Poder Judicial.

Respecto a la investigación de #GobiernoEspía, incurre en falsedad cuando señala que cuenta con un plan de investigación del caso, que ha dado acceso al expediente a las víctimas y a su defensa, así como en la integración de un panel internacional de expertos para la investigación. Tal como fue publicado en febrero pasado por The New York Times, el Buró Federal de Investigaciones (FBI) de Estados Unidos se negó a colaborar al considerar que la investigación de la Procuraduría General de la República (PGR) no busca esclarecer los hechos. Ha sido a través de la impugnación de las víctimas ante instancias judiciales que se ha ordenado el desahogo de ciertas pruebas relacionadas con la compra y uso indebido del malware Pegasus por parte de la propia Agencia de Investigación Criminal. En suma, a un año de las revelaciones de la vigilancia ilegal se ha confirmado que el Estado es incapaz de investigarse a sí mismo.

Por último, a pesar de la importancia que adquirió los últimos meses el tema del gasto en publicidad oficial y la Ley General de Comunicación Social, el Estado no hace referencia a las acciones que habría de implementar para corregirla. La también llamada “Ley Chayote” legaliza malas prácticas y permite el uso indiscriminado, arbitrario y opaco de recursos públicos para promocionar a políticos y funcionarios en medios de comunicación.

En resumen, la respuesta del Estado mexicano al informe de los Relatores demuestra el poco interés en respetar, garantizar y proteger la libertad de expresión, materia en la que ha fracasado el presente sexenio. Por ello, a pocos días de realizarse las elecciones federales, las organizaciones que suscriben este comunicado hacen un llamado al gobierno de transición a reconocer el informe presentado por los Relatores y actuar en cumplimiento a sus recomendaciones a fin de garantizar la protección integral de periodistas, la derogación de leyes que criminalizan la libertad de expresión, la garantía efectiva del acceso a la información de violaciones graves a derechos humanos, la reforma a la Ley General de Comunicación Social para promover medios libres y una investigación independiente y exhaustiva en el caso Pegasus.

Atentamente:
ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH)
Fundar, Centro de Análisis e Investigación
R3D Red en Defensa de los Derechos Digitales

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