Este 1 de enero se celebró el Día del Dominio Público con la liberación de diversas obras, tanto literarias como plásticas, para su uso libre e irrestricto. De acuerdo con Public Domain Review, las obras de la pintora mexicana Frida Kahlo han entrado al dominio público este año, pero solo en países con un plazo de protección de 70 años posteriores a la muerte de la persona autora.
Frida Kahlo fue una de las pintoras más relevantes del siglo XX y un ícono de la escena artística mexicana. Conocida por sus famosos retratos, autorretratos y obras inspiradas en la naturaleza y el arte de México, la artista falleció un 13 de julio de 1954, dejando en su haber decenas de obras que hasta hoy se conservan.
No todos los países se rigen bajo las mismas legislaciones de derechos de autor, lo que da por resultado plazos diferentes según la región donde se vive. En el caso de las obras de Frida Kahlo, estas entrarán al dominio público sólo en países como el Reino Unido, la mayor parte de la Unión Europea o algunos de América Latina, como Argentina, Uruguay o Ecuador.
En México, las obras de Kahlo tardarán otros 30 años en entrar al dominio público, ya que nuestro país cuenta el plazo de protección más largo: 100 años después de la muerte de la persona autora. Este plazo excesivo limita que las obras puedan ser ocupadas o reinterpretadas libremente, a costa de cuidar los intereses de titulares de derechos de autor –muchas veces, corporaciones– para que sigan sacando provecho económico.
El caso de Frida Kahlo muestra que el plazo desproporcionado de protección no beneficia a las personas autoras; en cambio, sí puede frenar la creatividad al impedir que sus obras puedan ser usadas y reusadas libremente, como ocurre con el trabajo de otros ilustres artistas mexicanos en el domino público, como José Guadalupe Posada.
Argumentos en pro de la protección autoral con plazos cada vez más extensos -con el plazo mexicano como una rara avis en el mundo- argumentan que el lucro de las obras de una artista protege a su descendencia. El caso de la artista es ilustrativo para demostrar lo endeble de este argumento, ya que la primera heredera del derecho a lucrar con el patrimonio de la artista fue su sobrina, Isolda Pinedo Kahlo, fallecida en 2007; desde entonces, es una compañía sin relación directa actual con la artista, la Frida Kahlo Corporation la que detenta los derechos patrimoniales de la pintora. Como informa El País, las sobrinas-nietas de Frida Kahlo mantienen una batalla legal por este respecto.
Otras obras que también entraron al dominio público en 2025 –en países con plazos de 70 años posteriores a la muerte del autor– son las de Henri Matisse, Thea Gabriele von Harbou, Robert Capa, Auguste Lumière, entre otros artistas. Además, en los Estados Unidos –donde el plazo es de 95 años posteriores a la muerte del autor o a la publicación de la obra– se liberaron clásicos de la literatura como “Una habitación propia” de Virginia Woolf o “Adiós a las armas” de Ernest Hemingway.
Y algunos más, que ya cumplieron los 100 años de protección en México y que finalmente entran a la lista del dominio público en nuestro país, son las obras de la escritora tabasqueña Dolores Correa y Zapata, el historiador y abogado tapatío Ireneo Paz, el poeta y dramaturgo Manuel Sales Cepeda y las obras plásticas de Abraham Ángel.
Imagen: (CC-BY) Gibrán Aquino