El registro de usuarios de telefonía móvil no garantiza la seguridad, sino que incrementa los riesgos para la población 

May 23, 2025 | destacado, Privacidad

Durante su conferencia matutina del viernes 23 de mayo, la presidenta Claudia Sheinbaum fue cuestionada respecto del Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, incluido en el dictamen de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. 

Al respecto, la mandataria indicó que el registro –contemplado también en las leyes de seguridad e inteligencia presentadas en el Congreso– es “por un tema de seguridad” y consistirá en que “para comprar un chip de teléfono, tengas que dar tu CURP con tu identificación”, bajo el argumento de que la delincuencia utiliza diversas tarjetas SIM para sus actividades.

En primer lugar, el registro de lineas telefónicas sería eludible mediante múltiples técnicas y mecanismos que son actualmente utilizadas para la suplantación de números telefónicos, tales como: la clonación y duplicación de tarjetas SIM, el uso de tarjetas SIM de otras jurisdicciones en las que no existe un registro (como Estados Unidos), la utilización de servicios de voz sobre IP (VOIP), el robo de teléfonos móviles, entre otros. Además de ser ineficaz, esto implicaría que una persona inocente podría ser incriminada si su línea es suplantada para usos ilícitos.

En el pasado, este tipo de registros se han tratado de justificar con el argumento de la prevención de delitos como el secuestro y la extorsión. Sin embargo, al contar con una base centralizada y masiva de datos personales sensibles de millones de personas, la vuelve sumamente vulnerable a ataques informáticos, como ocurrió con el Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (RENAUT) en el gobierno de Felipe Calderón, en donde la base de datos fue vulnerada y puesta en venta en el mercado negro. 

Esta experiencia demostró que el registro de líneas telefónicas no solamente no cumple con la finalidad de prevención del delito, sino que lo incrementa, al poner en riesgo información personal sensible de casi el 90% de las habitantes del país. Por ejemplo, durante la operación del RENAUT, el delito de extorsión aumentó un 40% y el delito de secuestro, un  8%. Además, cuando la base de datos fue vulnerada, quedaron expuestos no solo los registros telefónicos, sino también la ubicación geográfica en tiempo real de todas las personas.

Sheinbaum intentó minimizar las críticas al indicar que no serían requeridas las huellas dactilares ni datos biométricos, sino únicamente la CURP. Esta declaración es engañosa, ya que las iniciativas de reforma a la Ley General de Población y a la Ley General en materia de Desaparición Forzada contempla la creación de una CURP asociada a datos biométricos, así como una Plataforma Única de Identidad que permitirá el cruce de múltiples bases de datos, privadas y públicas, incluida la generada con motivo del Registro de Usuarios de Telefonía Móvil.

Respecto del acceso a los datos del registro, la presidenta mencionó que la Ley de Seguridad estipula “quién puede y cómo se puede utilizar esa información, exclusivamente frente a una investigación de un delito, coordinada por la Fiscalía General de la República”.

No obstante, de acuerdo con la iniciativa de la propia Ley de Seguridad, las autoridades federales, estatales, e incluso municipales tendrían acceso al Registro sin salvaguardas adecuadas, como un control judicial previo y una supervisión independiente de una autoridad de protección de datos autónoma –tras la desaparición del INAI–, así como sin prever el derecho de notificación a las personas afectadas. Además, esto implicaría la obligación de las empresas de telecomunicaciones a dar acceso a los datos resguardados en el Registro. 

Las declaraciones de la presidenta Sheinbaum repiten los fallidos argumentos con los que se promovió el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), declarado inconstitucional en 2022 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Además, refrenda que la inclusión del registro en la Ley de Telecomunicaciones responde a la intención de construir una infraestructura tecnológica autoritaria que otorga poderes sin control a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Desde R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, hacemos un llamado a eliminar cualquier mención en la Ley de Telecomunicaciones de un registro que ya ha sido declarado inconstitucional y que representa ataques graves a los derechos de todas nosotras, así como a frenar la creación de un sistema de vigilancia masiva que fácilmente puede ser abusado para profundizar aún más la actual crisis de seguridad. 

Por tanto, pedimos a las y los legisladores, así como al Poder Ejecutivo, abrirse al diálogo –como han hecho en las últimas semanas– para reconsiderar estas medidas con base en evidencia técnica, de manera responsable y sin premura.

El registro de usuarios de telefonía móvil no garantiza la seguridad, sino que incrementa los riesgos para la población 

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