Organizaciones de AlSur instamos a los Estados de América Latina a no adoptar la Convención sobre Cibercrimen de ONU

Ago 29, 2024 | Privacidad

AlSur y las organizaciones que la integramos  instamos a los Estados Latinoamericanos a que no adopten ni ratifiquen el primer Convenio de la ONU sobre cibercrimen por contrariar sus obligaciones internacionales de Derechos Humanos.

Expresamos profunda preocupación por el texto de la  Convención Internacional de Cibercrimen aprobada el pasado 8 de agosto. A lo largo de dos años y medio, hemos dedicado tiempo y experiencia durante el proceso de elaboración de la Convención con el objetivo de asegurar que el borrador respete las normas de derechos humanos existentes, los estándares del sistema interamericano, los principios de la Carta de la ONU y el Estado de Derecho. Sin embargo, el texto aprobado supone un retroceso a estos estándares de derechos humanos. 

Basándonos en nuestra experiencia en la defensa de los derechos humanos y en derechos digitales en la región latinoamericana, hemos proporcionado evidencia de que las leyes nacionales y regionales sobre cibercrimen se utilizan con demasiada frecuencia para perseguir injustamente a periodistas e investigadores de seguridad, reprimir opiniones críticas, y poner en peligro a los defensores de los derechos humanos. Durante este proceso, hemos insistido en que la lucha contra el cibercrimen no debe ir en detrimento de los derechos humanos, la igualdad de género y la dignidad de las personas que serán afectadas por esta Convención. Lamentablemente, el texto aprobado legitima la vigilancia masiva y habilita la criminalización a nivel nacional e internacional. Creemos firmemente que la entrada en vigor de este tratado aumentará de manera significativa el riesgo de abusos y violaciones de los derechos humanos. 

Identificamos que este tratado genera los siguientes riesgos a los derechos humanos: 

Amplitud del ámbito de aplicación. 

El aludido objetivo principal de crear este tratado era combatir el cibercrimen. No obstante, su alcance legal va más allá de los delitos estrictamente ciberdependientes. La Convención y las facultades de vigilancia que habilita se aplican a cualquier delito que se cometa a través de las tecnologías de la información, así como a cualquier delito grave, definido como aquellos ,con penas superiores a 4 años. Este tratado es un cheque en blanco para que los Estados vigilen a la ciudadanía y compartan su información personal internacionalmente. 

Facultades invasivas de vigilancia

La Convención propuesta  crea un marco legal que permite la vigilancia, el almacenamiento, y el intercambio transfronterizo de información. El texto permite la intercepción secreta de datos de tráfico en tiempo real  sin notificar a las personas afectadas por estas medidas. 

Asimismo, faculta a  los Estados a exigir a cualquier persona que revele información sensible de personas o sistemas críticos. Además, autoriza un intercambio excesivo de información para la cooperación policial, más allá de investigaciones penales específicas, sin establecer salvaguardas claras y explícitas en materia de protección de datos y derechos humanos.

Estas medidas socavarían la confianza en las comunicaciones seguras e infringiría normas internacionales de derechos humanos, incluyendo los requisitos de autorización judicial previa y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. 

Insuficientes protecciones y salvaguardias 

La Convención propuesta carece de salvaguardias suficientes para garantizar la protección de los derechos humanos. Aunque el texto actual señala que los Estados deben aplicar este tratado de conformidad con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, las salvaguardias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del texto son escuetas e insuficientes. 

Es alarmante que las disposiciones relacionadas con salvaguardias máximas no incluyan los principios de legalidad y necesidad. De igual forma, la redacción del texto abre la puerta a que estas salvaguardias no sean aplicables a cuestiones de cooperación internacional. Esto compromete la capacidad de asegurar que las medidas contra el cibercrimen respeten los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y proporcionen una protección adecuada a los derechos humanos.

Falta de integración efectiva de la perspectiva de género  

La Convención propuesta no integra efectivamente la perspectiva de género, que es clave para evitar que se utilice en detrimento de los derechos humanos con afectaciones diferenciadas en base al género. Aunque mencionada en el preámbulo, esta perspectiva no se aplica de forma transversal a todos los artículos, sino que ha sido  excluida de aspectos críticos como derechos humanos, salvaguardias y protección de datos. Las únicas referencias al género se limitan a asistencia a víctimas y medidas preventivas, lo que es insuficiente.

El texto de la Convención conlleva riesgos significativos, con poderes de vigilancia amplios que podrían afectar de manera desproporcionada a las personas en base al género. Los Estados deben asegurar que la convención sea coherente con sus obligaciones en derechos humanos e igualdad de género, o corren el riesgo de incumplir sus compromisos internacionales.

Grave retroceso para el sistema interamericano 

La Convención supone un retroceso importante al marco de protección de la privacidad y libertad de expresión del sistema interamericano de derechos humanos. La reciente decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de CAJAR vs. Estado Colombiano subraya la importancia de proteger el derecho a defender los derechos humanos y salvaguardar la protección de datos, incluso en contextos de inteligencia estatal. El fallo reconoce que las personas tienen derecho a controlar sus datos personales en archivos públicos y establece la obligación de una autorización judicial previa para actividades de vigilancia. Además, resalta la necesidad de proteger de manera especial a periodistas, abogadas y abogados, salvaguardando sus comunicaciones y fuentes.

Este precedente y la jurisprudencia interamericana son particularmente relevantes para los Estados latinoamericanos, una región históricamente afectada por la represión estatal contra activistas, periodistas, defensores de derechos humanos e investigadores. En Latinoamérica, la defensa de la democracia y el Estado de Derecho se ha vuelto peligrosa debido a mecanismos estatales de criminalización y vigilancia. Estos instrumentos obstaculizan el ejercicio de los derechos civiles y han sido utilizados para silenciar voces críticas. 

Actualmente, existe una preocupante ausencia de instrumentos legales con enfoque diferencial de género y derechos humanos que limiten el uso arbitrario de tecnologías de vigilancia. En lugar de restringir la persecución judicial de voces disidentes, las legislaciones recientes han facilitado su uso injustificado. Diversas organizaciones latinoamericanas han denunciado ante la CIDH [1] casos de persecución judicial a periodistas, activistas, mujeres y personas LGBTQIA+, así como el uso indebido de spyware y herramientas como Osint en investigaciones. 

Los Estados deben tomar en cuenta estos riesgos a la dignidad de su ciudadanía y la soberanía de sus naciones. Un nuevo tratado no debe validar la criminalización de conductas legítimas, ni las prácticas de vigilancia intrusivas que socavan los derechos humanos y la igualdad de género. 

Exhortamos a los Estados a respetar sus obligaciones internacionales y alinearse con las directrices del sistema interamericano. Por lo tanto, instamos a los Estados Latinoamericanos a no adoptar ni ratificar la primera Convención de la ONU sobre cibercrimen por contrariar sus obligaciones internacionales de Derechos Humanos.

[1] Denunciaron ante la CIDH el avance del “acoso judicial” contra periodistas en América Latin. Clarín. Disponible en:

https://www.clarin.com/politica/denunciaron-cidh-avance-acoso-judicial-periodistas-america-latina_0_ en4HJXFUSv.html. 

Article 19. Acoso judicial a periodistas y defensores(as) de derechos humanos, la víctima es la libertad de expresión. Disponible en: 

https://articulo19.org/acoso-judicial-a-periodistas-y-defensoresas-de-derechos-humanos-la-victima-es -la-libertad-de-expresion/

Organizaciones de AlSur instamos a los Estados de América Latina a no adoptar la Convención sobre Cibercrimen de ONU

Imagen: (CC-BY) Gibrán Aquino

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