La Unión Europea prohíbe la retención indiscriminada y masiva de datos

Dic 22, 2016 | Privacidad

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado, en una decisión histórica para la protección de los derechos humanos, que la retención indiscriminada y general de datos es contraria al derecho a la privacidad y está prohibida.

De acuerdo con el fallo del TJUE, una legislación que permita una indiscriminada y general retención de datos no obliga a que exista “alguna relación entre estos datos retenidos y una amenaza a la seguridad pública”, ni está restringida a retener datos pertenecientes a algún periodo particular de “tiempo y/o área geográfica y/o grupos de personas involucradas en un crimen serio”.

“Esta legislación nacional excede los límites de lo que es estrictamente necesario y no puede ser considerada como justificada dentro de una sociedad democrática, como es requerido por la directiva (de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea)”, se puede leer en un comunicado del tribunal.

Este fallo se origina en la demanda de Privacy International y Open Rights Group en contra de la Ley de Retención y Poderes Investigativos del Reino Unido de 2014, que está reflejada en la nueva Ley de Poderes Investigativos del Reino Unido, recién aprobada, por lo que la decisión del TJUE hace ilegales a partes significativas de esta legislación.

La determinación del tribunal implica que la ley de la Unión Europea está por encima de las leyes nacionales que pretendan una retención indiscriminada y general de datos y que retenerlos, al ser estos tomados como un todo, permite “obtener conclusiones muy precisas de la vida privada de las personas”.

Finalmente, el fallo del TJUE establece que, salvo en casos de urgencia, el acceso a datos retenidos debe ser revisado por una corte o un órgano independiente y que las autoridades nacionales deben notificar a las personas afectadas.

“El fallo de hoy es un gran golpe en contra de la vigilancia masiva y se traduce en un importante día para la privacidad. Es claro que la retención indiscriminada y ciega de nuestras historias digitales historias —con quién interactuamos, cuándo, cómo y dónde— puede ser una forma muy intrusiva de vigilancia que necesita salvaguardas estrictas en contra de abusos y excesos que puedan cometerse.”, expresó al respecto Camilla Graham Wood, oficial legal de Privacy International.


Imagen original de KylaBorg: Privacy

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