El derecho de autor está roto (pero podemos repararlo)

Jun 6, 2016 | Acceso al conocimiento

Imagina un pastel, colocado al centro de una mesa, rodeado de muchas personas. Si cada miembro pudiera tomar su porción conforme a sus propios intereses, el pastel terminaría por ser consumido en poco tiempo.

A esto se le conoce como “la tragedia de los comunes”, un concepto acuñado en 1988 por Garrett Hardin, el cual enuncia que un grupo de individuos, motivados solo por el interés personal y actuando de manera racional, terminarán por destruir o sobreexplotar un recurso compartido limitado (es decir, un bien común).

Sin embargo, no todos los bienes son iguales. El conocimiento, como bien común, tiene características muy específicas. Ahora, en lugar del pastel, piensa en la receta para prepararlo. Ese conocimiento es intangible; aún si lo tuviéramos escrito en un papel, nada impide memorizarlo. Su durabilidad también es distinta: mientras que el pastel puede caducar en cuestión de días, la preservación de la receta puede trascender por generaciones, en tanto sea transmitida. Esto es sumamente importante: el conocimiento es tan durable como pueda ser preservado, y la mejor manera de preservarlo es compartiéndolo.

El valor público del conocimiento depende de la compartición y la disponibilidad del mismo, de la misma forma que el conocimiento nuevo depende de la disponibilidad del conocimiento previo. La receta del pastel puede modificarse de modo que se generen nuevas variantes (con diferentes ingredientes, estilos, sabores, formas), enriqueciendo a la repostería en general.

Algunos tipos de conocimiento (no todos) requieren de incentivos económicos para generarse. Así, el derecho de autor surge como un mecanismo legal que, entre otras cosas, pretende darle un incentivo económico a las y los autores para que generen nuevo conocimiento y lo hagan disponible al público. El derecho de autor genera excluibilidad temporal –es decir, prevenir que otro pueda explotar el bien– de forma artificial mediante la ley.

Sin embargo, la generación de conocimiento nuevo también depende de la disponibilidad del conocimiento existente, por lo que normas de derecho de autor demasiado estrictas, lejos de ayudar a generar mayor conocimiento (como era su intención original) puede retrasar el progreso cultural y científico o incluso destruirlo. Por ejemplo, dado que los plazos de protección son cada vez mayores (en el caso de México se extiende a 100 años después de la muerte del autor o autora), existe una gran cantidad de conocimiento que no se encuentra disponible comercialmente por no ser económicamente viable y que de esta forma permanece innecesariamente inaccesible para el público y con el riesgo de perderse para siempre.

La pérdida de conocimiento también se produce con el fenómeno de las obras huérfanas: obras cuyo autor o autora no puede ser localizado y, por lo tanto, no pueden ser utilizadas ni reproducidas sin el riesgo de una demanda. A esta consecuencia negativa se le conoce como chilling effect (efecto inhibidor), que consiste en disuadir a un individuo de usar una obra por temor a verse involucrado en un proceso legal costoso y desgastante.

El objetivo último de cualquier sistema de gestión de conocimiento debe ser el ensanchamiento del dominio público. Sin embargo, el derecho de autor, que debería entenderse como un medio y no como un fin en sí mismo, está roto. Peor aún, estamos lejos de empezar la discusión sobre su necesaria reforma. Por el contrario, desde la sociedad civil seguimos atrapados en la resistencia a proyectos de leyes, tratados y acuerdos comerciales que buscan normas de derechos de autor más estrictas, amplias, punitivas e injustas.

Creative Commons: un hack al derecho de autor

Ahora que sabemos que el sistema de derecho de autor está roto y que la reforma del sistema está en un horizonte lejano, ¿qué podemos hacer para hacer más accesible el conocimiento? Una primera aproximación ha sido hackear al derecho de autor mediante el uso de las licencias Creative Commons. Inspiradas en las licencias GPL del software libre y creadas en 2001 por el abogado Lawrence Lessig, las licencias CC permiten la renuncia a ciertos derechos de autor. Esto facilita la disponibilidad de conocimiento y, además, genera evidencia sobre los beneficios del conocimiento libre. Las licencias CC crean precedentes que demuestran que la reforma al derecho de autor es posible y deseable.

Las licencias permiten al autor o autora de la obra elegir dos libertades: la libertad de copiar y la de crear obras derivadas (también conocida como remixear). La libertad de copiar permite que la obra sea reproducida y difundida de manera libre; mientras que la de crear obras derivadas autoriza la modificación para crear obras nuevas a partir de la original.

En cuanto a las restricciones, el autor o autora mantiene en todas las licencias el derecho de atribución; esto es, que sea reconocido como el creador de la obra. También puede indicar que su trabajo no sea utilizado con fines comerciales, que no sea modificado o, en caso de permitir obras derivadas, que estas sean liberadas una licencia Creative Commons. El siguiente espectro ilustra de manera atinada dónde se sitúa cada licencia respecto al copyright tradicional (todos los derechos reservados) y el dominio público.

magen: Creative Commons Japan / CC-BY-SA 2.0

Imagen: Creative Commons Japan / CC-BY-SA 2.0

Para ello, puede darse un acercamiento en tres pasos a las licencias Creative Commons:

1. Consumo de materiales libres: Al reutilizar materiales libres, se hace más barato y eficiente el proceso creativo. Para ello, se puede comenzar por buscar recursos en repositorios de Creative Commons o usar las funciones avanzadas en los buscadores de distintos servicios como Google, YouTube o Flickr. Se debe leer con atención la licencia para hacer un uso adecuado del material y atribuir de forma correcta al autor o autora de la obra.

2. Liberación de materiales libres: Al liberar obras bajo Creative Commons, el autor o autora recibe una mayor difusión de su trabajo. Para ello, es importante asegurarse de ser el titular de los derechos de autor sin restricciones; analizar los alcances y limitaciones que quiera dar a la obra; elegir la licencia que más se adecue a sus necesidades; y colocar el logotipo de la licencia, un texto breve y, de ser posible, en enlace al texto legal.

3. Creación de materiales libres: Al crear explícitamente materiales libres, el autor o autora de la obra busca incrementar el acervo de conocimiento libre disponible. Estas obras son pensadas para que otras personas puedan crear trabajos derivados que enriquezcan el acceso y la difusión del conocimiento. Los recursos educativos abiertos, los o la Wikipedia son ejemplos de estos materiales.

Te invitamos a explorar las licencias Creative Commons. ¡El conocimiento es un bien común, compártelo!

Imagen: (CC-BY 2.0) Kristina Alexanderson / Flickr

 

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